Sobre la Desolacion del Dragon N? 2
A ver ”” Acabo de leer la aclaracion sobre la Desolacion del Dragon en el famoso concilio n? 10 y solo me crea mas dudas porque pone: " Jugar la Desolacion del Dragon para hacer jugable un dragon en unas ruinas y guaridas no te obliga a jugar un dragon en ese mismo turno" æQUE QUIERE DECIR ESTO?
"Cuando fueron liberados de la Prision de Hierro, los dragones alados oscurecieron el cielo con sus alas y desencadenaron vientos huracanados sobre aquellas tierras"
La verdad es que es una aclaración bastante innecesaria. Quiere decir que puedes jugar la desolación del dragón aunque no tengas ning?n dragón que tirar, porque el objetivo de la carta del efecto alternativo de la carta es un lugar (no un dragón como el primer efecto: "+2 al poder de un ataque de dragón") y su efecto dura hasta el final del turno. Puede ser un farol: juegas la desolación del dragón y luego pones una carta en guardia y a ver si el adversiario se atreve a entrar en el lugar...
Pues anda que en los concilios ponene algunas chorradillas que no veas. Ya me estaba imaginando yo que se podrian jugar todos los dragones que se quisieran
"Cuando fueron liberados de la Prision de Hierro, los dragones alados oscurecieron el cielo con sus alas y desencadenaron vientos huracanados sobre aquellas tierras"
esa correpcion viene al tema de jugar cartas q no van a tener efecto y lo cual no esta permitido por las reglas (Por ejemplo jugar un crepusculo si no ay ninguna carta ambiental en la mesa, simplemente pa kitartela de la mano), por ello se dice en la correpcion q se puede jugar aunq no vayas a jugar ningun dragon