Bajando personajes fuera de un refugio

Si habéis tenido algún tipo de problema a la hora de interpretar las reglas en alguna partida, preguntar aqu?
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miquel1714
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Tengo un par de dudas en referencia a cuando se juegan personajes fuera de un refugio...
1) Según el reglamento (o al menos así lo interpreto yo), en la fase de organización, una compañía no puede ser modificada a no ser q se encuentre en un refugio (lo único q puede hacerse es q un personaje pase de influencia directa a influencia general o viceversa). Entonces, y como ejemplo, si llevo una compañia hasta Bolson Cerrado con la idea de bajar a un Hobbit e integrarlo en dicha compañia (la mayoria de hobbits solo son jugables en Bolson Cerrado a menos q sean un PJ inicial), en la siguiente fase de organizacion no puedo incluir al hobbit en la compañia? Tiene q ir solo hasta un refugio? :o
2) Esta me parece mas clara, pero bueno... Si el lugar natal de un pj no esta disponible (esta en la pila de descartes pq en dicho lugar, por ejemplo, se ha jugado anteriormente una faccion) no puede bajarse el pj en su lugar natal, no? Vamos, q si a alguien se le ocurre jugar la faccion de Hobbits q se olvide de jugar ningun personaje hobbit hasta minimo agotar el mazo de juego (se q no es el mejor ejemplo: dudo q nadie juego la faccion de Hobbits, q da un misero pv)
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Durante tu fase de organización, puedes realizar una y sólo una de las siguientes acciones:
• Si tu Mago (o tu Espectro del Anillo) no está en juego, puedes poner en juego una carta de personaje en su lugar natal o en cualquier Refugio. Debes tener suficiente influencia general o influencia directa para poder controlarlo.
• Si tu Mago (o tu Espectro del Anillo) está en juego, puedes poner en juego una carta de personaje en su lugar natal o en cualquier Refugio si se cumple una de las dos siguientes condiciones:
- Si tu Mago (o tu Espectro del Anillo) se encuentra en el mismo lugar en el que vas a poner en juego el personaje, debes tener suficiente influencia general o directa para poder controlarlo.
- Si tu Mago (o tu Espectro del Anillo) no se encuentra en el lugar en el que vas a poner en juego el personaje, debes tener suficiente influencia directa para poder controlarlo (es decir, en este otro caso, el nuevo personaje solo puede entrar en juego bajo el control de otro de tus personajes, y solo si tiene suficiente influencia directa para controlarlo).
• Puedes poner en juego a tu Mago en su lugar natal o en Rivendel.
• Puedes poner en juego a tu Espectro del Anillo en su lugar natal o en Minas Morgul o en Dol Guldur.

Por lo tanto, cuando pones en juego un personaje lo puedes colocar dentro de una compañía que ya se encuentre en el lugar en el que aparece o puede convertirse en una nueva compañía (formada por un personaje). En el segundo caso, deberás colocar la carta del lugar en el que aparece junto a la carta del personaje. Si no tienes a tu disposición la carta del lugar adecuado, no puedes poner en juego el personaje.
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Mordakai
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Annatar escribió: [...]
• Puedes poner en juego a tu Espectro del Anillo en su lugar natal o en Minas Morgul o en Dol Guldur.
[...]
¿En Dol Guldur también? Siempre había tenido en la cabeza que sólo es en Minas Morgul...
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Mordakai escribió:
Annatar escribió: [...]
• Puedes poner en juego a tu Espectro del Anillo en su lugar natal o en Minas Morgul o en Dol Guldur.
[...]
¿En Dol Guldur también? Siempre había tenido en la cabeza que sólo es en Minas Morgul...
Sí, en las reglas solo se menciona Minas Morgul, pero luego se modificó en los CRF. Supongo que por los mismos motivos que con servidores tu compañía puede empezar en cualquiera de los dos refugios también.
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Por cierto, el otro día repasando los CRF leí que con servidores puedes empezar con dos compañías, una en Minas Morgul y otra en Dol Guldur.
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Mordakai
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Sí, eso sí lo sabía, la única limitación es declarar qué compañía empieza en cada sitio ANTES de robar, si no me equivoco, pero lo de los Espectros no lo sabía.
Gracias.
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